Hay determinados seguros que las empresas tienen que contratar de forma obligatoria y otros que es aconsejable tenerlos, de forma que se cubran las eventualidades que puedan surgir en el día a día del negocio
Para saber los seguros que son obligatorios para cada empresa, debemos tener en cuenta el sector en el que desarrolla su actividad y el convenio colectivo que se le aplica. Además, debemos tener muy en cuenta que la falta de contratación de los seguros obligatorios puede suponer la imposición de multas y sanciones.
Entre los seguros obligatorios podemos destacar los siguientes:
Seguro de accidentes.
La mayor parte de los convenios colectivos obligan a la empresa a contratar un seguro de accidentes para sus trabajadores. La cuantía de las indemnizaciones y las coberturas del seguro depende de cada convenio colectivo. La cobertura mínima son los accidentes de trabajo. En algunos casos la cobertura puede alcanzar a los accidentes no laborales.
Seguro de responsabilidad civil.
El seguro de responsabilidad civil cubre las reclamaciones que puedan existir contra la empresa por alguna acción u omisión en el desarrollo de su actividad y que puedan causar un daño o perjuicio a un tercero, con culpa o negligencia. Entre los seguros de responsabilidad civil se pueden distinguir tres tipos:
- Responsabilidad civil patronal. Cubre los perjuicios que puedan derivarse de la relación de la empresa con sus trabajadores.
- Responsabilidad civil de productos. Cubre los daños que los productos puedan ocasionar a los clientes.
- Responsabilidad civil de explotación. Es el seguro que cubre las consecuencias del desarrollo de la actividad empresarial.
Y si la empresa tiene un vehículo deberá contratar el correspondiente seguro para cubrir los riesgos derivados de dicho vehículo.
Si la empresa desarrolla su actividad en una oficina, una nave industrial o un local comercial, es recomendable que contrate un seguro multirriesgo que pueda cubrir los daños del continente, local y su estructura y el continente mobiliario (maquinaria, equipos informáticos etc.). Además. Este tipo de seguros pueden cubrir los daños frente a terceros.
En cualquier caso, al comenzar una actividad empresarial debemos consultar con un especialista en seguros para que nos asesore sobre los seguros que debemos contratar de forma obligatoria y los que son aconsejables para la actividad que deseemos realizar, de forma que se encuentren cubiertos los riesgos más importantes de la empresa en el desarrollo de su negocio.